La convocatoria de ayudas publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), contempla que cada empresa podrá contar con un máximo de € 2.000.
Los fondos son financiados con cargo a los fondos europeos del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, y se enmarcan dentro de la Agenda Española Digitalización 2025, el Plan de Digitalización Pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Tras la concesión de la subvención, y para ejercer su derecho a cobro, el beneficiario deberá seleccionar y contratar la solución de digitalización que desee adoptar entre las disponibles del Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, a formalizar en un acuerdo en un plazo máximo de seis meses desde la notificación de que la ayuda ha sido concedida.
La ejecución de la actividad subvencionada se realizará en dos fases, una primera de plazo máximo de tres meses para la instalación y desarrollo de la solución, así como la emisión de la factura por parte del Agente Digitalizador adherido, y una segunda a partir de entonces.
En esta segunda fase, de un plazo de doce meses, deberá realizarse el mantenimiento de la solución de digitalización, la prestación del servicio de soporte, y la formación necesaria a la persona beneficiaria que le permita la adquisición de conocimientos básicos para su gestión.
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